¿Qué hay que hacer para modificar la guarda y custodia de los hijos?

La guarda y custodia no es una de las medidas paternofiliales que más se modifican tras el divorcio o la separación. Otras medidas, como el régimen de visitas, la pensión de alimentos o incluso el uso de la vivienda familiar suelen ser más veces objetivo de renegociación. Sin embargo, no son pocos los casos en los que sí se hace necesario cambiar el modo en que los progenitores se hacen cargo del cuidado y sustento de los hijos.

Modificar la guarda y custodia de los hijos tras el divorcio es posible, incluso en aquellos casos en los que se ha establecido esta medida de común acuerdo entre las dos partes. No obstante, para poder efectuar el cambio en la guarda y custodia deben seguirse ciertos pasos muy concretos y cumplirse determinados requisitos, que explicamos a continuación.

¿Cuándo procede modificar la guarda y custodia de los hijos?

Como ocurre con el resto de medidas que se contemplan en el convenio regulador, es posible que con el paso del tiempo ya no sean las idóneas o dejen de ser viables. Por eso, se puede poner en marcha un procedimiento de modificación de medidas para cambiar, entre otras cuestiones, la guarda y custodia de los pequeños. 

Eso sí, para iniciar los trámites has tener muy en cuenta cuáles son los requisitos:

  • Modificación sustancial de las circunstancias que promovieron el establecimiento de un régimen de guarda y custodia determinado.
  • Cambios relevantes en el ámbito familiar de uno de los cónyuges.
  • Cambio de residencia de uno o ambos progenitores.
  • Aparición de nuevas necesidades por parte de los hijos que hacen necesaria la revisión.

Además, será necesario acreditar de alguna manera que alguno de estos cambios sucede y tiene carácter permanente o cierta continuidad en el tiempo

Y, por supuesto, también se valorará que la modificación de las circunstancias sea mínimamente espontánea e impredecible. Es decir, el juez no verá con buenos ojos que los cambios sustanciales sean fruto únicamente de la mera voluntad del progenitor solicitante.

¿Cómo se modifica la guarda y custodia?

Tras comprobar que, efectivamente, se cumplen los requisitos que prevé la ley para modificar el régimen de guarda y custodia de los hijos, se han de dar una serie de pasos que, en todos los casos, son necesarios para que el cambio sea efectivo y se recoja en sentencia judicial.

1. Envío de la notificación 

Es el primer paso, y consiste en informar al otro progenitor sobre la necesidad de modificar la guarda y custodia.  Asimismo, se detallará el cambio o los cambios sustanciales que se han producido en las circunstancias personales o profesionales del solicitante.

2. En busca del mutuo acuerdo

Como absolutamente todos los asuntos en el ámbito de Derecho de Familia, lo mejor es abordarlos desde la buena voluntad y con el objetivo de que exista acuerdo entre las partes. Si lo consigues, tan solo será necesario que ambos presentéis un convenio regulador nuevo, que deberá aprobar el juez. Pero, lamentablemente, esto no es siempre posible. En estos casos, se inicia la vía judicial con la presentación de la correspondiente demanda.

3. Demanda de modificación de medidas

Se especificará en el documento que se solicita cambiar la guarda y custodia de los niños y por qué se considera necesario hacerlo. De la selección y explicación que se haga de los argumentos dependerá en gran parte el éxito del procedimiento.

Por eso, te recomendamos que hagas acopio, con ayuda de tu abogado, de toda la documentación que te ayude a construir tu argumentación. Por ejemplo:

  • Deudas o embargos que te hayan realizado.
  • Certificado con los ingresos actuales y pasados.
  • Informe de vida laboral.

Todo dependerá de los motivos que te llevan a necesitar la modificación de la guarda y custodia de tus hijos. En cualquier caso, recuerda que en tuAppbogado puedes encontrar el asesoramiento legal y experto que necesitas para conseguirlo.

Consulta a uno de nuestros abogados de Familia para saber qué procedimiento es el mejor en tu caso.

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