Sufragio pasivo ¿Qué significa en las sentencias de delitos y penales?

sufragio pasivo

Probablemente cuando hablamos de derecho penal, las dudas que aparecen suelen ser mucho más frecuentes que en otros ámbitos. No porque sea mucho más complejo, porque todas las especialidades lo son a su manera, sino porque solemos desconocer más la normativa. Al igual que en cualquier otro caso, contar con abogados especialistas es la clave para conseguir salir victorioso ante la justicia. Sin embargo, hoy queremos hablarte de forma específica de una cuestión que suscita bastantes cuestiones: el sufragio pasivo en las sentencias de delitos y penales.

Sufragio pasivo ¿Qué es?

Si atendemos a la definición legal, podríamos definir el sufragio pasivo como un derecho constitucional. Por lo tanto, todos los ciudadanos deberían poder ejercerlo. Pero precisamente en las sentencias de delitos y penales se puede limitar o eliminar durante un determinado período de tiempo. Pero, vayamos por partes, comencemos con la definición del sufragio pasivo:

El derecho de sufragio pasivo permite a los ciudadanos presentarse como candidatos a ocupar cargos públicos mediante la votación en elecciones. Estas pueden ser municipales, autonómicas o nacionales y en cualquiera de sus formatos.

Esto quiere decir que cuando se habla de sufragio pasivo no se hace referencia al derecho a votar. De hecho, en España se permite la votación incluso habiendo sido condenado o estando en prisión. Eso es lo que se considera sufragio universal. El sufragio pasivo hace referencia a la participación electoral más allá de ejerciendo una votación. Es decir, a la posibilidad de presentarse como candidato en una de estas.

¿Cuándo pueden aplicarte una condena con limitación del sufragio pasivo?

Hay que tener en cuenta que las condenas que incluyen una limitación al sufragio, en este caso al sufragio pasivo están limitando los derechos fundamentales de un ciudadano. Por eso, para entenderlas hay que recurrir al Código Penal español. En el se recogen todas las posibles penas de privación de derechos en su artículo 39CP. Este, a su vez, fue modificado por la Ley Orgánica 5/2010 de 22 de junio.

Teniendo en cuenta que se limitan derechos, son muy específicos los casos en los que se pueden aplicar estas penas. De hecho, el sufragio pasivo suele considerarse solamente en casos en los que se prevé que se puedan repetir los hechos delictivos. Es decir, son frecuentes en delitos de corrupción, de apropiaciones indebidas, de propiedad pública, blanqueos, etc.

Entendiendo la limitación legal del sufragio pasivo

Los ciudadanos tienen el derecho a participar en los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes, libremente elegidos en elecciones periódicas por sufragio universal. El ejercicio del derecho de sufragio pasivo se ve restringido cuando existen incompatibilidades con ciudadanos que ya ejercen determinados cargos públicos. Además, una condena judicial también puede restringir temporalmente los derechos fundamentales como es el de presentarse a unas elecciones.

Restricciones al sufragio pasivo por cargos

Para entender la restricción del derecho a presentarse a cargos públicos en elecciones o votaciones hay que recurrir a las leyes que lo limitan a determinadas personas. Concretamente, la referencia se encuentra en el capítulo II de la Ley 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General. En ella se describen las condiciones del ejercicio del derecho de sufragio pasivo y se enumeran las causas de imposibilidad de ser elegidos:

  • Miembros de la Familia Real Española
  • Presidentes del Tribunal Constitucional, del Tribunal Supremo, del Consejo de Estado o del Tribunal de Cuentas.
  • Magistrados del Tribunal Constitucional, Vocales del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).
  • Magistrados, Jueces y Fiscales en situación de activo.
  • Presidentes, Directores y cargos asimilados de las entidades estatales autónomas con competencia en todo el territorio nacional, así como los Delegados del Gobierno en las mismas.
  • Presidentes y Directores generales de las Entidades Gestoras de la Seguridad Social con competencia en todo el territorio nacional

Restricciones al sufragio pasivo por condena

En los supuestos que hemos enumerado antes, y siempre que el Juez que te haya juzgado considere que podrías volver a cometer un delito, puede imponerte una pena de este tipo. Por lo tanto, es completamente legal que una condena o sentencia de delitos y penales acarree este tipo de castigo. Generalmente, por esa necesidad de evitar que se reitere este tipo de penas se suelen dar en cargos públicos, en personas que están o estuvieron relacionadas directamente con ellos, o que por cualquier otra razón tienen acceso a los bienes comunes.

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