¿Te estás planteando pedir una excedencia en el trabajo? ¡Descubre antes todos los detalles!

Pedir una excedencia en el trabajo es una decisión muy importante. Y conlleva algunas cuestiones que es necesario conocer con antelación. A continuación, te lo explicamos todo para que puedas plantearte el asunto mejor informado.

¿Qué es exactamente una excedencia?

Una excedencia es un periodo de tiempo durante el cual el trabajador deja temporalmente su trabajo. Esto significa que deja de tener la obligación de trabajar y que, a su vez, tampoco recibirá la retribución económica por ello.

Además, la reinserción en su mismo puesto laboral no estará del todo asegurada, como veremos más adelante.

¿Qué tipos de excedencia existen?

Fundamentalmente, existen dos tipos de excedencias:

  • Excedencia voluntaria: cuando el trabajador decide, por su cuenta, pedir una excedencia de su puesto de trabajo.
  • Excedencia forzosa: cuando el empleado está obligado a dejar su puesto de trabajo por su incorporación en algún cargo público que le imposibilite la asistencia al mismo. 

Ambos tipos de excedencia son muy similares. Sin embargo, las excedencias forzosas, por su carácter de obligatoriedad y de servicio al Estado, están mucho más protegidas por la legislación. 

Aquí nos centraremos concretamente en las excedencias voluntarias. Estas son, generalmente, las más comunes y las que más te pueden interesar.

¿Por qué nos podemos tomar una excedencia voluntaria?

El Estatuto de los Trabajadores contempla varios motivos por los cuales se pueden pedir excedencias voluntarias. Estos son:

  • Por motivos propios: un trabajador con más de un año de antigüedad en la empresa puede pedir una excedencia por los motivos que él considere oportunos. Esta excedencia debe durar al menos cuatro meses y no más de cinco años. El mismo trabajador no puede volver a ejercer el derecho de excedencia hasta que transcurran otros cuatro años desde el final de su anterior excedencia.
  • Por motivos sindicales: un trabajador que ejerza funciones sindicales de ámbito provincial o superior puede pedir la excedencia mientras dure su cargo representativo.
  • Por cuidados: se puede solicitar una excedencia para cuidar de hijos o familiares que así lo necesiten. Estas pueden ser de hasta tres años, para atender al cuidado de cada uno de los hijos que tenga el empleado (sean estos naturales, adoptados o acogidos). O de hasta dos años (revisables según convenio) para cuidar a un familiar de hasta segundo grado de consanguinidad, en el supuesto de que este, por motivos de accidente, edad, discapacidad o enfermedad, no pueda valerse por sí mismo.

Hay que tener presente que las excedencias por cuidados son especiales, ya que pueden disfrutarse de manera fraccionada.

Aparte, el Estatuto de los Trabajadores considera que cada excedencia se puede extender a otros supuestos previamente acordados. En esos casos, la temporalidad, los derechos de reinserción e incluso la remuneración se pactan entre empresa y trabajador.

¿Qué pasa con mi puesto de trabajo tras mi excedencia?

Una vez esté autorizada tu excedencia voluntaria, mantendrás tu mismo puesto de trabajo durante un año. Este plazo se aumenta a los quince meses para miembros de familias numerosas y a dieciocho para familias numerosas especiales. 

Si te reincorporas pasado este plazo, no perderás tu trabajo, pero sí podrías perder tu puesto. La empresa solo tiene obligación de reservar un puesto de la misma categoría profesional o equivalente.

Como dato relevante, el tiempo pasado en excedencia sí que resulta computable a la hora de contar tu antigüedad en el trabajo. Y también tienes derecho a acudir a cursos de formación de la empresa si así se impartieran.

Como es de suponer, una excedencia puede conllevar algunos riesgos o malentendidos entre empresa y trabajador. Por esta razón, es importante contar con un buen abogado laboralista que te aconseje cómo mejor te convenga. En tuAppbogado podemos ayudarte a encontrarlo de forma rápida y sencilla.

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